La medida alcanza a presentaciones específicas de Átomo Desinflamante Forte y Clásico. El organismo advirtió que no puede garantizarse la seguridad ni el estado de conservación de los productos sustraídos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, la comercialización y la distribución de dos lotes específicos de las cremas Átomo Desinflamante Forte y Átomo Desinflamante Clásico.

La decisión fue adoptada luego de que la empresa titular informara el robo de más de 9.000 unidades en las instalaciones de Dalban Pharma S.A., ubicadas en Haedo.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 4753/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del administrador nacional de la ANMAT, Luis Eduardo Fontana.

Cuáles son los lotes prohibidos

La prohibición alcanza exclusivamente a los siguientes productos:

Átomo Desinflamante Forte, crema de 100 gramos, lote 00023, con vencimiento en mayo de 2028. Fueron robadas 5.740 unidades.
Átomo Desinflamante Clásico, crema de 110 gramos, lote 00214, con vencimiento en mayo de 2028. Fueron sustraídas 3.360 unidades.

La empresa informó que los medicamentos fueron robados como unidades terminadas, que esos lotes no habían sido comercializados previamente y que los productos remanentes fueron enviados a destrucción.

ANMAT explicó que se desconoce la condición y el estado de conservación de las unidades sustraídas, por lo que no resulta posible acreditar su seguridad. La prohibición busca evitar que estos medicamentos ingresen a circuitos de comercialización legales o clandestinos y lleguen a potenciales consumidores. Disposición 4753/2026 del Boletín Oficial.

La medida no afecta a todas las cremas Átomo, sino solamente a las presentaciones y lotes señalados.

También prohibieron tres lotes de un jarabe

Por el mismo robo, el organismo prohibió el uso, distribución y comercialización de tres lotes de Zetrotrax, jarabe de 240 mililitros:

Lote EAIB6: 2.314 unidades.
Lote EAIB7: 1.706 unidades.
Lote EAIB8: 2.340 unidades.

Los frascos todavía no habían sido colocados en sus envases secundarios o estuches, aunque ya tenían las etiquetas identificatorias. La medida fue establecida mediante la Disposición 4754/2026.

Otras prohibiciones de ANMAT

A través de la Disposición 4752/2026, el organismo también prohibió todas las presentaciones y lotes del producto “KOE. Eliminador de olores para perros”, luego de detectar que se ofrecía en internet sin registro sanitario y sin un establecimiento responsable habilitado.

Además, mediante la Disposición 4814/2026, suspendió la elaboración, comercialización, importación y utilización de la fenolftaleína y de los medicamentos que contengan ese ingrediente.

ANMAT ordenó retirar inmediatamente esos productos del mercado y cancelar sus autorizaciones, debido al riesgo asociado con su utilización y a los resultados de estudios de carcinogenicidad realizados en animales. La disposición menciona específicamente al producto Genolaxante, que combinaba fenolftaleína con otros componentes. Disposición 4814/2026 del Boletín Oficial.

Ante la presencia de cualquiera de los lotes alcanzados, se recomienda no utilizar el producto y consultar a una farmacia o realizar el correspondiente aviso ante la autoridad sanitaria.