El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzó a regir, pero su implementación en territorio bonaerense quedó atravesada por una controversia judicial. Una jueza de Lomas de Zamora ordenó suspenderlo durante 60 días por falta de infraestructura y recursos. Fiscales cuestionaron el alcance de esa decisión y anticiparon que continuarán aplicando la legislación.
Apenas comenzó a funcionar el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la responsabilidad penal desde los 14 años, la provincia de Buenos Aires quedó en medio de una discusión jurídica que podría terminar siendo resuelta por instancias judiciales superiores.
La jueza de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, Marta Elba Pascual, dispuso una medida precautelar que suspende durante 60 días la implementación del nuevo sistema, en el marco de un hábeas corpus preventivo y colectivo.
Su argumento central no apunta exclusivamente contra la reducción de la edad, sino contra las condiciones materiales en las que debería aplicarse la nueva legislación.
Pascual sostuvo que actualmente la Provincia no cuenta con infraestructura y recursos suficientes para afrontar el eventual ingreso de más adolescentes al sistema penal.
Un fiscal salió a cuestionar el fallo
La resolución encontró rápidamente resistencia dentro del propio sistema judicial.
El fiscal del Fuero Penal Juvenil de San Isidro Andrés Zárate anticipó que continuará aplicando la Ley 27.801 en las causas que tramiten en su jurisdicción.
Su argumento es jurídico: considera que una magistrada puede analizar la constitucionalidad de una ley y eventualmente dejar de aplicarla dentro de un caso concreto, pero cuestiona que pueda suspender con alcance general una legislación nacional sancionada por el Congreso.
Y la controversia ya supera el caso particular de San Isidro. Según información publicada este martes, fiscales jefes de distintos departamentos judiciales bonaerenses anticiparon que aplicarán el nuevo régimen, mientras se prepara una impugnación contra la resolución.
La ley nacional sigue vigente
Este punto es fundamental para entender la discusión.
La Ley 27.801 no fue derogada. El Gobierno nacional incluso publicó el lunes 7 de septiembre el Decreto 875/2026 que reglamenta distintos aspectos de su implementación en la Justicia nacional y federal.
La legislación establece un régimen aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18, con un sistema que no se limita al encarcelamiento: contempla supervisión, medidas complementarias, penas alternativas, formación especializada de operadores y mecanismos de resocialización.
Por eso, la discusión que se abrió en Buenos Aires no es simplemente si existe o no la nueva ley, sino qué alcance tiene la medida dictada en Lomas de Zamora y cómo deben actuar fiscales y jueces mientras esa controversia no sea resuelta.
El problema que estaba detrás del debate: ¿hay dónde alojarlos?
La posición de Pascual vuelve a colocar en primer plano una pregunta que apareció desde que el Congreso aprobó la reforma.
¿Está preparado el sistema bonaerense para recibir a adolescentes de 14 y 15 años alcanzados por el nuevo régimen?
La magistrada sostiene que no.
Su cuestionamiento incluye no solamente la cantidad de plazas disponibles, sino también los recursos necesarios para garantizar educación, tratamientos, acompañamiento profesional y condiciones adecuadas durante una eventual privación de libertad.
Zárate rechaza que esa situación justifique suspender la legislación. También remarcó que el nuevo régimen no significa que todos los adolescentes alcanzados deban ser automáticamente privados de su libertad, ya que existen medidas alternativas.
Precisamente allí aparece uno de los principales puntos del conflicto: una cosa es modificar la edad de responsabilidad penal y otra es disponer de jueces, fiscales, defensores, equipos interdisciplinarios, establecimientos especializados y programas educativos y de reinserción suficientes para aplicar efectivamente la reforma.
Una misma ley y una Provincia atravesada por interpretaciones diferentes
El escenario que se abre es delicado.
Si algunos fiscales continúan utilizando el nuevo régimen mientras otros órganos judiciales consideran vigente la suspensión, podrían surgir planteos sobre competencia, constitucionalidad y alcance territorial de la medida cautelar.
Eso obliga a distinguir entre la discusión política —estar a favor o en contra de bajar la edad— y el problema jurídico que ahora apareció.
La Argentina ya modificó su legislación penal juvenil. La discusión bonaerense es cómo, cuándo y bajo qué condiciones puede aplicarse.
Y mientras la Justicia resuelve esa disputa, aparece justamente el interrogante que Crónica San Pedro planteó al analizar la reforma días atrás: bajar la edad fue solamente el primer paso; hacer funcionar el nuevo sistema requiere una estructura capaz de sostenerlo.

