Una pericia contable oficial incorporada a la denominada “Causa Camioneros” determinó que Rey Distribución mantenía diferencias salariales y obligaciones vinculadas con aportes sindicales y de obra social. Sin embargo, el empresario Ariel Rey sostuvo que los pagos realizados no fueron voluntarios, sino producto de las presiones y amenazas que dieron origen a la denuncia por extorsión.

El informe fue elaborado por la perito contadora Carolina Ricardini en el marco de la causa PP 16-01-000187-21/00, caratulada “Cabaleyro Maximiliano y otros s/ Extorsión – Turbación en la posesión o tenencia de un inmueble”, investigada por la UFI N.º 7, a cargo de la fiscal María del Valle Viviani.

Para realizar el estudio, la profesional analizó documentación de la empresa, las escalas salariales, el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89 y las actuaciones desarrolladas ante el Ministerio de Trabajo.

La pericia detectó trabajadores incorrectamente categorizados, horas extras registradas como conceptos no remunerativos, omisiones relacionadas con la nocturnidad y el retiro del mediodía, además de adicionales abonados por debajo del porcentaje previsto, como el correspondiente al trabajo en frío.

Sobre doce trabajadores y por el período comprendido entre febrero de 2019 y marzo de 2021, el cálculo determinó diferencias salariales por $6.511.150,66.

A ese monto se agregaron $1.072.835,20 en concepto de aportes y contribuciones para la obra social y el sindicato, con valores actualizados al 14 de abril de 2021. La perito concluyó que varios de los conceptos reclamados por el Sindicato de Choferes de Camiones se correspondían con la normativa vigente.

El informe también examinó un convenio de pago por $805.383,03, integrado por $492.323,32 destinados a la obra social, $289.601,95 al sindicato y $23.457,76 en gastos administrativos.

Según la documentación analizada, la perito pudo reconstruir la trazabilidad de los fondos mediante recibos, cheques, pagos en efectivo y depósitos bancarios. También señaló que, al momento de celebrarse el acuerdo, no figuraban impugnaciones o rechazos presentados por la empresa y que el convenio finalmente fue cancelado.

La pericia consignó, además, irregularidades formales en el Libro de Sueldos y Jornales de Rey Distribución, entre ellas períodos sin la correspondiente autorización de rúbrica, inconsistencias en la numeración de los folios, documentación duplicada y diferencias entre libros, recibos y nóminas.

La postura de Ariel Rey

Tras conocerse el contenido del informe, Ariel Rey sostuvo que la existencia de una deuda laboral no modifica el núcleo de la causa penal. Según su postura, una cosa es determinar si correspondía abonar diferencias salariales o aportes y otra distinta establecer bajo qué circunstancias se exigieron y efectuaron esos pagos.

El empresario mantiene que la firma accedió a pagar bajo presión y ante la amenaza de que se bloqueara la actividad de la distribuidora. Por ese motivo, considera que la trazabilidad del dinero no descarta la presunta extorsión denunciada.

Desde el inicio del conflicto, Rey aseguró que el sindicato pretendía imponer condiciones por fuera de las vías legales y sostuvo públicamente que los pagos eran exigidos para que la empresa pudiera trabajar con normalidad.

La pericia no define si existió extorsión

El informe contable comprueba la existencia de diferencias laborales y analiza el destino del dinero, pero no determina si existieron los delitos de extorsión, coacción o turbación de la posesión atribuidos a los dirigentes sindicales.

Ese punto deberá resolverse en el juicio oral que comenzará el 28 de septiembre de 2026 ante el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás. Serán juzgados Maximiliano Cabaleyro, Fernando Espíndola y otros seis imputados, con alrededor de 80 testigos convocados.

La defensa de los sindicalistas sostiene que el conflicto tuvo un origen estrictamente laboral y gremial. La acusación, en cambio, afirma que las diferencias salariales fueron utilizadas como parte de un mecanismo de presión que incluyó pedidos de dinero y bloqueos contra la empresa.

La pericia aporta así un elemento importante al expediente: confirma que existían obligaciones laborales pendientes y que el dinero ingresó en las cuentas correspondientes. Sin embargo, no resuelve la cuestión central que deberá debatirse en el juicio: si aquellos pagos fueron el resultado de un reclamo sindical legítimo o si se concretaron bajo amenazas y acciones extorsivas, como sostiene la familia Rey.