Otro de los expedientes que generó debate durante la sesión fue un pedido de informes presentado por el bloque Nuevos Aires, integrado por los concejales Belén Santos, Damián Mosquera y Paola Basso, relacionado con una obra en construcción ubicada sobre calle Salta, entre los números 404 y 474 de la ciudad.

En el proyecto, los ediles señalaron la necesidad de garantizar el estricto cumplimiento de las normas provinciales y locales vinculadas al uso y ocupación del suelo, recordando que la Ley Provincial N° 8912 regula el ordenamiento territorial en la provincia de Buenos Aires, estableciendo parámetros para la subdivisión, ocupación y equipamiento del suelo, así como las condiciones para la creación de nuevos lotes y la infraestructura necesaria para su desarrollo.

Asimismo, indicaron que la Ordenanza Municipal N° 4139, conocida como «San Pedro 2000», determina los indicadores urbanísticos aplicables a cada distrito de la ciudad, con el objetivo de preservar un desarrollo urbano ordenado, evitar la sobrecarga de los servicios existentes y mantener las características ambientales y edilicias de cada sector.

Según expusieron en los fundamentos del proyecto, el inmueble en cuestión se encuentra dentro del Distrito R1, donde la normativa establece una altura máxima de 12 metros, un Factor de Ocupación Total (FOT) equivalente a dos veces la superficie del lote y un Factor de Ocupación del Suelo (FOS) de 0,6. Sin embargo, afirmaron que la construcción observada tendría planta baja y cuatro pisos, alcanzando una altura aproximada de 15 metros, lo que representaría una diferencia de al menos tres metros por encima del límite permitido para la zona.

Los concejales también hicieron referencia a la Ordenanza N° 6705/2025, destacando que su artículo 6 eliminó la posibilidad de aplicar una excepción prevista en el punto 4.2.9.4 de la Ordenanza 4139, que anteriormente permitía determinadas construcciones vinculadas a plantas bajas libres sin computarlas para el cálculo del FOT. Según sostuvieron, a partir de esa modificación ya no existiría una norma que habilitara construcciones que superen la altura máxima establecida para ese distrito.

Además, remarcaron que el Concejo Deliberante no había aprobado ninguna excepción específica para ese predio, por lo que advirtieron que, de comprobarse la existencia de una infracción urbanística, podrían existir responsabilidades tanto de los profesionales intervinientes como de los funcionarios y agentes municipales encargados de aprobar los planos y controlar el desarrollo de la obra.

En virtud de estas observaciones, el proyecto solicitaba al Departamento Ejecutivo que remitiera copia de los planos correspondientes a la construcción ubicada en la nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección C, Manzana 206, Partida 10D. Asimismo, requería informar quién es el profesional a cargo de la obra, qué profesional aprobó la documentación técnica, qué personal municipal tiene asignada la inspección y cuál es el funcionario responsable del área encargada de supervisar el cumplimiento de la normativa vigente.

Durante el tratamiento del expediente se recordó que el tema ya había sido analizado en comisión junto al secretario de Obras Públicas, Mariano Brañas, quien brindó explicaciones sobre la situación planteada. Tras el debate, la mayoría de los concejales consideró que las consultas habían sido respondidas en el ámbito correspondiente, por lo que el pedido de informes no prosperó y fue finalmente enviado a comisión de peticiones.