Colaborá con nuestro medio Apoya el periodismo local y ayuda a nuestro diario digital a crecer. Tu colaboración nos permite seguir brindando noticias y contenido de calidad. Escanea el código QR para contribuir y ser parte de nuestro equipo de lectores comprometidos.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió este miércoles suspender de manera provisoria los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/2025, que derogaba el feriado del 27 de junio para los trabajadores de la administración pública nacional.

La demanda buscó, en su inicio, la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 1 del DNU 430/2025. Ese fragmento del decreto derogó el artículo 2 de la Ley 26.876, normativa que había establecido el 27 de junio como un feriado remunerado para los empleados estatales.

Entre los fundamentos del fallo, la jueza también señalo que, ante la inmediatez de la entrada en vigencia del decreto, el juzgado consideró urgente intervenir y resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada, sin esperar el informe previsto por la ley 26.854 para este tipo de casos.

Si bien la organización sindical había solicitado una “medida autosatisfactiva” —una herramienta excepcional que concede de forma definitiva el derecho reclamado sin juicio posterior—, el tribunal consideró que no se daban las condiciones extremas requeridas para ese tipo de medida. En cambio, resolvió otorgar una medida cautelar innovativa dentro de una acción de amparo, que permite suspender de forma temporal los efectos del DNU mientras se resuelve el fondo de la cuestión.