Rivas: “repudiamos el deficitario presupuesto municipal 2022”
“SAN PEDRO, ES UN MUNICIPIO ATRASADO, CON UNA FRONDOSA ADMINISTRACIÓN, COSTOSA E INEFICIENTE”
Martin Rivas junto a su equipo Avanza Libertad vuelve apuntar contra el oficialismo. Luego de conocerce el presupuesto 2022, la fuerza política lanzó un duro informe de porque NO SE DEBERIAN APROBAR las ordenanzas fiscal e impositiva – aumento de tasas- y le pidió a los MAYORES CONTRIBUYENTES que NO LO VOTEN
COMUNICADO:
Lamentablemente y luego de las primeras sesiones legislativas tenemos que confirmar lo dicho en la campaña electoral ; SOMOS LA VERDADERA Y ÚNICA OPOSICIÓN desde nuestro rol de Tercer Fuerza Politica.
Desde Avanza Libertad San Pedro repudiamos el deficitario presupuesto municipal 2022, la aprobación de las ordenanzas impositivas y fiscal que trae un nuevo aumento de tasas, intento de generar nuevos impuestos
desde el municipio!! entre otras limitaciones a los comerciantes y emprendedores; hacemos hincapié en la complicidad y tibieza de los
concejales de Juntos en este capcioso y desesperado presupuesto.
A continuación compartimos algunas observaciones que merecen ser analizadas por los vecinos que participen como ¨Mayores Contribuyentes¨ en la sesión del día miércoles 29.
A cada uno de los que participen ya sea voluntariamente o designados por el ejecutivo les solicitamos NO AVALEN un aumento de tasas por sobre la inflación pronosticada por el INDEC, un sueldo desproporcionado para el intendente equivalente al 50% del sueldo del
Jefe de Gobierno de CABA con 3.000.000 de vecinos, NO AVALEN sobre tasas a inversores externos ni tantas otras medidas capciosas que
compartimos en este breve análisis desde nuestro equipo de trabajo.
Señores:
Por lo expuesto a continuación les pedimos responsabilidad y firmeza en el voto
del día miércoles 29/12
MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO EJERCICIO 2022
ORDENANZA N° 4659 – PROYECTO ORDENANZA FISCAL 2022
TÍTULO I – DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DE LAS OBLIGACIONES FISCALES.
En el Art. 2° donde se detallan las prestaciones pecuniarias que están obligados a pagar los contribuyentes, en Inciso b). dice IMPUESTOS. A QUÉ IMPUESTOS SE REFIERE? PUESTO QUE LA MUNICIPALIDAD NO PUEDE CREAR IMPUESTOS.
SI FUESEN IMPUESTOS COBRADOS POR DELEGACIÓN PROVINCIAL O NACIONAL, SE DEBERÍA ACLARAR, PARA NO CREAR PRECEDENTES.
CAPÍTULO IV – TASA POR HABILITACIÓN DE COMERCIO E INDUSTRIA.
Art. N° 132. Se establece que la habilitación deberá ser renovada cada 5 años con base en el período fiscal 2016.
O sea, que han inventado una habilitación quinquenal!. La habilitación es un derecho adquirido por el cual, el contribuyente abonó en tiempo y forma la tasa correspondiente.
A su vez, el Municipio ejerce poder de policía, al abrogarse el derecho de Inspección de Seguridad e Higiene. Por ello, tiene la seguridad de la vigencia de las habilitaciones otorgadas. Esta es una innovación con finalidades recaudatorias.
Es ilógico que todo el comercio, la industria y cuanta actividad requiera Habilitación Municipal, deba pagar por lo ya pagado autorizado y en una época más que difícil para el sector privado, donde mantener una actividad en marcha, con empleados a cargo, impuestos, tasas y contribuciones tan elevadas que hacen casi imposible la subsistencia de los contribuyentes, en lugar de tratar de hallar formas de facilitar la sobrevivencia y mantenimiento de las fuentes de trabajo, se idean formas de recaudar más, para gastar más, cualquiera sea la situación desastrosa del país, a la cual no escapa San Pedro.
Art. N° 134. Se establece que los contribuyentes que tengan domicilio legal fuera del partido de San Pedro, abonarán la Tasa por Habilitación de Comercio e Industria con un recargo del 50% (cincuenta por ciento).
Qué sentido tiene esta disposición?. Qué importa el domicilio legal fuera del Partido de San Pedro?. Lo importante sería que muchos empresarios, fueran de donde fueran, realicen sus inversiones en el Distrito, creando fuentes de trabajo genuinas.
Llama poderosamente la atención la inoperancia del Honorable Concejo y del Dpto. Ejecutivo, que han demostrado una incapacidad total para hallar vías de impulso al desarrollo sampedrino. (Vuelve a tener vigencia,
crear la comisión de desarrollo económico dentro del HCD.)
San Pedro carece un Plan de Desarrollo consensuado que rija para varios períodos de gobierno, donde se tracen horizontes alcanzables, propósitos que den una esperanza de futuro a un pueblo que supo ser pujante.
El gobierno luce como un conjunto de personas aferradas a sus cargos, para cobrar importantes haberes, convencidos de su relevancia personal más allá de su muy dudosa idoneidad. Comúnmente, se invoca la legitimidad de origen por elección de los ciudadanos… La misma no supone capacidad para desempeñar cargos de tanta relevancia, como para lograr una mejora substancial de la realidad económica/social de la comunidad.
Existen Municipios exitosos, que constituyen Comisiones de Radicación de Industrias, Orientacion de Inversiones para nuevos emprendimientos, de fuentes de trabajo genuinas, viajan, tramitan, están atentos a las nuevas tendencias del desarrollo posible en Argentina y logran concretar para sus Distritos nuevos emprendimientos.
San Pedro, está estancado y ni siquiera atiende a los ejemplos de los pioneros que supieron concretar un partido próspero, culturalmente activo, socialmente desarrollado, económicamente exitoso.
La Historia de San Pedro, huelga en ejemplos.
CAPÍTULO V – TASA POR INSPECCION DE SEGURIDAD E HIGIENE.
En el Art. N° 141, se establece la BASE IMPONIBLE POR INGRESOS BRUTOS, IMPUESTO YA PERCIBIDO POR LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CONFIGURNDO UNA DOBLE IMPOSICIÓN, POR LO TANTO INCONSTITUCIONAL.
CABE PREGUNTARSE: CUÁNDO LE CUESTA AL MUNICIPIO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD E HIGIENE?. CUÁNTOS EMPLEADOS SE DESEMPEÑAN?. QUÉ FUNCIONES PROGRAMADAS CUMPLEN?.
UNA VEZ DETERMINADO EL EXACTO COSTO, SE DEBERIA DEFINIR LA TASA RESPECTIVA, PORQUE ESTO ES UN MUNICIPIO: NO LEGISLA Y COBRA IMPUESTOS!. SÓLO DEBE COBRAR POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA, SIN ENTRAR A CONSIDERAR LA DUDOSA CALIDAD DE LOS MISMOS.
ORDENANZA N° 4660.
CAPÍTULO XVII – EXTRACCIÓN DEE TOSCA, ARENA, CANTO RODADO, CASCAJO, PEDREGULLO Y MINERALES DE LA TERCERA CATEGORÍA.
Art. 22. “Por la extracción de arena, canto rodado, cascajo y pedregullo, los valores serán los establecidos por el CONINDELTA en la materia.
DE LA LECTURA DEL PRESUPUESTO, SE INFIERE QUE EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO NO PERCIBE SUMA ALGUNA POR ESTE IMPORTANTE CONCEPTO.
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, NO POSEE MINERALES FERROSOS, NI PETRÓLEO COMO ALGÚN FUNCIONARIO HA CREÍDO, SINO MINERALES TALES COMO:CALIZAS, GRANITOS, DOLOMITAS, CUARCITAS, (BALCARCE, MAR DEL PLATA, CHAPADMALKAL) CONCHILLA (BAHÍA SAMBOROMBON) ARCILLAS, SALES (CARMEN DE PATAGONES Y VILLARINO) Y ARENA, PROVENIENTE DEL REFULADO DEL RÍO PARANÁ.
Y PRECISAMENTE, NO SE COMPRENDE CÓMO SAN PEDRO NO PRESUPUESTA INGRESOS PROVENIENTES DE LOS
DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE ARENAS EN SU DISTRITO, SIENDO QUE INTEGRA EL ORGANISMO
INTERMUNICIPAL DENOMINADO CONINDELTA, EL CUAL PERCIBE DICHOS INGRESOS Y TEÓRICAMENTE, LIQUIDA Y PAGA A CADA DISTRITO SU PARTE. (VER CÁLCULO DE RECURSOS POR RUBRO FOJA 1 Y SGTES).
LLAMA PODEROSAMENTE LA ATENCIÓN, LA DESIDIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, QUE HA DEJADO EN EL MANEJO DE LOS MUNICIPIOS TAN IMPORTANTE RECURSO, CUANDO EN MUCHOS DE ELLOS, SE REBELA UNA INCAPACIDAD SUPINA, PARA MANEJAR LOS ASUNTOS PEQUEÑOS DE SU DEVENIR ECONÓMICO INTERNO.
NUEVAMENTE, CABE PENSAR EN LA IDONEIDAD DE LOS FUNCIONARIOS ELECTOS…
Contacto: Tel.: (0221) 429-5643 | mineria@mp.gba.gov.ar | mineria.gba@gmail.com
LOS FONDOS CAPCIOSOS:
EN LA TOTALIDAD DE LAS TASAS, ADEMÁS DEL IMPORTE CORRESPONDIENTE DEFINIDO, SE ADICIONAN
DIVERSOS “FONDOS”. EL BAJO PORCENTAJE DE LOS MISMOS, PASA CASI DESAPERCIBIDO AL CONTRIBUYENTE, CONFIADO EN LA “SABIDURÍA” DE QUIENES GOBIERNAN SAN PEDRO.
SIN EMBARGO, AL PRESTAR LA ATENCIÓN DEBIDA A LA ORDENANZA N° 4660, OBSERVAMOS PARA TODAS LAS TASAS MUNICIPALES QUE:
Todos los guarismos expresados en el Capítulo contienen los adicionales del Fondo de Obras Públicas (8%), Fondo especial para la Vivienda (3%), Fondo Especial para Educación (1%), Fondo Municipal de Promoción del Deporte (2%), Fondo Municipal de Promoción Cultural (1%), Fondo de Turismo (1%) y Fondo Especial de
Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos (1,5%), y se debe adicionar como sobre tasa el Fondo de Seguridad Pública Local (5%).
ESTOS FONDOS, TOTALIZAN UN 22,5% DE MÁS, EN RELACIÓN CON EL COSTO DEFINIDO PARA CADA TASA.
ESTA LIQUIDACIÓN SUBREPTICIA, CONFIGURA LA LEGISLACIÓN DE UN IMPUESTO POR PARTE DEL MUNICIPIO.
Y SI QUEDASEN DUDAS CON RESPECTO A SU RELEVANCIA, ACLARAMOS QUE DICHOS FONDOS, CONFORME A LA ORDENANZA 4661, CONFIGURAN IMPORTANTE SUMA DE $ 181.013.269.- COMPARADA CON LOS $ 857.052.636,30 PERCIBIDO POR TASAS Y CONTRIBUCIONES POR EL MUNICIPIO. (ORD.N°4661)
Y PRECISAMENTE, CABE OBSERVAR EN CUANTO A LOS RECURSOS EXPLICITADOS EN EL PRESUPUESTO 2022:
TASAS LOCALES………………………………………………$857.052.646,30
COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS PRCIAL………$2.237.208.656,33 COPARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONAL..$ 684.809.245,07
TOTAL DE RECURSOS DEL PRESUPUESTO 2022…$ 3.779.070.547,70 GASTOS EN PERSONAL (PRESUP. DE GASTOS POR OBJETO – FOJA 68. ORD 4661)…………….$ 1.875.264.370,62
EL MUNICIPIO GASTA EN PERSONAL EL 49,62% DE SUS RECURSOS CALCULADOS PARA 2022. EN RÁPIDO
CÁLCULO, EL DISTRITO DISPONDRÍA DE 1 EMPLEADO POR CADA 43 HABITANTES (NO CONTRIBUYENTES, SE
ENTIENDE, DE LO CONTRARIO, LA PROPORCIÓN SERÍA SUPERIOR. EL CÁLCULO SE REALIZA EN BASE A DATOS SOBRE 1185 EMPLEADOS DE PLANTA Y 315 CONTRATADOS.)
LA INFLACIÓN QUE ESTÁ REGISTRANDO EL PAÍS Y SU AGUDA CRISIS, OBRARÁN SOBRE ESTE PRESUPUESTO, QUE EVIDENCIA UNA PREVISIÓN BASADA EN ITEMS Y COMPONENTES DE MUY DIFÍCIL ANÁLISIS, CUANDO NO SE DISPONE DE LOS DATOS DEL EJECUTADO, COMO PARA DETERMINAR LA VERACIDAD DEL MISMO Y COMPROBAR EN QUÉ SE GASTAN LOS RECURSOS.
SAN PEDRO, ES UN MUNICIPIO ATRASADO, CON UNA FRONDOSA ADMINISTRACIÓN, COSTOSA E INEFICIENTE.
Y ESO, NO HAY PRESUPUESTO NI PREVISIÓN QUE PUEDA DISIMULARLO…
EL LISTADO DE LOS HABERES PREVISTOS, ES ENCABEZADO POR LOS CORRESPONDIENTES AL SR. INTENDENTE MUNICIPAL, POR $ 603.505,20, A LOS CUALES SE ADICIONAN $ 60.350,52 PARA GASTOS DE REPRESENTACIÓN.
Con lo cual el intendente cobra $663.855.52 unos $10.21 por cada habitante y en relación, por ejemplo, a lo percibido por el jefe de gobierno de CABA debería cobrar $151.450.-
EL JEFE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, PERCIBE $ 1.318.000,- ($2.33 dos pesos con 33 centavos por cada habitante) O SEA QUE LOS SAMPEDRINOS LE PAGAREMOS ESTE 2022 AL INTENDENTE LOCAL EL 50% DE LOS HABERES QUE PERCIBIRÍA SIENDO GOBERNADOR DEL DISTRITO CAPITAL DEL PAÍS….
TODO LO EXPRESADO no hace más que confirmar que es inviable un municipio que hace años gasta muchísimo más que lo que genera, haciendo del gasto público su fortaleza politica.
A esto decimos nuevamente que ACHICAMOS EL ESTADO Y LO VOLVEMOS EFICIENTE O ESTAMOS CONDENADOS A MANTENER A UNA CASTA POLITICA IMPRODUCTIVA QUE HACE DE ANCLA A NUESTRO DESARROLLO MESA DIRECTIVA ACUERDO CIUDADANO- UCEDE- AVANZA LIBERTAD SAN PEDRO
Andrés Ferrari Presidente Republicanos Unidos/ Tesorero UCEDE San Pedro
Catriel Liljesthrom Presidente UCEDE San Pedro
Martin Rivas Presidente Acuerdo Ciudadano-Avanza Libertad/Secretario UCEDE San Pedro
Florencia Azula Vicepresidente UCEDE San Pedro