El intendente propone la tercearización del servicio de Prevención Control y Fiscalización de Tránsito y Seguridad ViaL

Ramon Salazar presentó ante el HCD un Proyecto de Ordenanza para su tratamiento legislativo

El intendente propone la tercearización del servicio de Prevención Control y Fiscalización de Tránsito y Seguridad ViaL

PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
Que la inseguridad vial es una problemática de alcance mundial, y desde el estado Nacional, Provincial y Municipal, año a año se articulan acciones para brindar una movilidad más segura.

El Municipio desarrolla acciones de educación y control, muchas veces en coordinación con organismos del estado Nacional y Provincial, pero son muchos los avances tecnológicos, del que carece, y cuya incorporación podrían marcar un salto en calidad materia de control, que redundaría en que se desarrolle una movilidad mas segura.

CONSIDERANDO:
Que el inciso 4 del artículo 191 de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires otorga atribuciones y responsabilidades a los Municipios en materia de Vialidad pública.

En la Provincia de Buenos Aires, la ley 13.927 que adhiere a la Ley Nacional 24.449, establece las competencias que incumben a los Municipios en sus propios distritos, ya su vez habilita la suscripción de convenios de cooperación entre las diversas autoridades, brindando herramientas para un accionar coordinado en el abordaje de esta problemática que incumbe a todos. •

Que desde lo tecnológico, resulta imprescindible acceder al equipamiento
de avanzada que se adapte a nuestro distrito, siendo necesario para ello la participación
de inversores privados.

Por todo ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones propone la sanción
de la siguiente

ORDENANZA
Art. 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a tercerizar el servicio de Prevención
Control y Fiscalización de tránsito y Seguridad Vial, ello con los alcances y siempre que
se cumplan las prescripciones que establecen la Ley 13.927.

Art. 2°.- La contratación autorizada en el artículo 1ro, deberá efectuarse mediante
Licitación Pública, y conforme a los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Pliegos
de Bases y Condiciones Particulares, y Pliego de Condiciones Técnicas que como anexos
forman parte del presente y que son aprobados.

Art. 3°.- DE FORMA
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro, os ***
días del mes ******* de Dos Mil Veintidos.