A partir de la separación de los residuos que realizan los vecinos y vecinas en sus hogares, el bloque de JUNTOS PRO intenta integrar los orgánicos al sistema de gestión de residuos para luego ser tratados y volver como abono a parques y plazas. De esta forma, se reintroducen en el sistema para convertirse en un nuevo recurso dentro de la economía circular.
“Es un proyecto a realizarse en hogares, barrios alejados y establecimientos educativos. Es un programa de concientización que puede ser utilizados”, nos contaba la concejal Cappelletti en una entrevista exclusiva junto a Pelletier, quien agregaba, “vamos a seguir acompañando todas las iniciativas que impulsen el reciclado de productos orgánicos e inorgánicos, queremos que cada vez seamos más los que nos comprometemos con el cuidado del planeta del medio ambiente, creo que es algo que los políticos les debemos a los ciudadanos y ciudadanas de San Pedro”


ASUNTO: Proyecto de Ordenanza creando el Programa de Compostaje Comunitario y Reciclado Periurbano “COMPOSTÁ TIERRA, COMPOSTÁ VIDA”, en el Partido de San Pedro.
VISTO:
La importancia de la existencia de composteras comunitarias o individuales, en el espacio público, para promover un ambiente más favorable a la vida humana y así evitar la contaminación ambiental.
Que es responsabilidad del Estado Municipal desarrollar políticas educativas que promuevan el cuidado de nuestro medio ambiente, planificando y ejecutando tareas para realizar dichas composteras comunitarias.
Que en la Constitución Nacional Artículo 41, que indica que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometerlas generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo.
Que en el marco normativo ambiental ha evolucionado con el dictado de Leyes de Presupuestos Mínimos, tales como la Ley General del Ambiente N°25.675; Ley de Gestión de Residuos Domiciliarios N°25.916; Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al
Cambio Climático Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales N°11.723 Y Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos N° 13.592.
Que en la Ordenanza N°6004/2012 Basura Cero también nos avala en este proyecto.
CONSIDERANDO
Que los objetivos de la Ley de Gestión de Residuos Domiciliarios N°25.916 son:
a)Lograr un adecuado y racional manejo de los residuos domiciliarios mediante su gestión integral, a fin de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población.
b)Promover la valoración de los residuos domiciliarios a través de métodos y procesos adecuados.
c)Minimizar los impactos negativos que estos residuos puedan producir sobre el ambiente.
d)Lograr la minimización de los residuos con destino a disposición final.
Que el artículo 8 de la misma Ley establece que las autoridades competentes serán las encargadas de valorizar los residuos mediante la implementación de programas de cumplimiento e implementación gradual.
Que por su parte la Ley 13.592 establece en su artículo 3 los principios y conceptos básicos sobre los que se funda la política de la gestión integral de residuos sólidos urbanos en nuestra
provincia, entre los que se destacan:
El principio de responsabilidad compartida; la consideración de los residuos como un recurso y la valorización de los mismos; la promoción de políticas de protección y conservación del ambiente para cada una de las etapas que integran la gestión de residuos, con el fin de reducir o disminuir los posibles impactos negativos.
Que el artículo 4 de la misma Ley fija los objetivos de la política ambiental en materia de residuos sólidos urbanos:
Incorporar paulatinamente en la disposición inicial la separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral por parte de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Minimizar la generación de residuos, de acuerdo con las metas que se establezcan en la presente Ley y en su reglamentación.
Diseñar e instrumentar campañas de educación ambiental y divulgación a fin de sensibilizar a la población respecto de las conductas positivas para el ambiente y las posibles soluciones para los residuos urbanos, garantizando una amplia y efectiva participación social que finalmente será obligatoria.
Incorporar tecnologías y procesos ambientalmente aptos y adecuados a la realidad local y regional.
Que la Ordenanza N°6004/2012 en sus artículos:
Art 1-El municipio de la Ciudad de San Pedro reconoce la importancia de adoptar el concepto de Basura Cero, como principio orientados para el manejo de los residuos sólidos urbanos
generados en el ámbito de todo el Partido.
Art 2-…se establece como Basura Cero, el principio de reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos con plazos y metas concretas, por medio de la adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación en origen, la recuperación mediante reutilización, reciclaje y compostaje y/o digestión anaeróbica y el rediseño de aquellos productos y envases que no pueden ser
utilizados, reciclados o compostados.
Art 6, c) Incluir en el proceso a los recuperadores informales, favoreciendo la seguridad, el trabajo en condiciones dignas y la eficacia de las actividades de gestión de residuos.
Que es de suma importancia la realización de propuestas concretas a la comunidad, para implementar políticas públicas destinadas a dar soluciones al tratado de la basura, inquietud presentada por los ciudadanos, más específicamente ciudadanos de barrios alejados, dónde la recolección de residuos no llega.
Que los residuos orgánicos representan más de la mitad del total de los residuos domésticos, el porcentaje puede llegar hasta un 80-90%.
El proyecto de compostaje de residuos trata de hacer uso efectivo de tales residuos desaprovechados mediante la compostaje. Además de la producción del composte, el proyecto brinda diversos beneficios como la reducción de residuos facilitando la clasificación de otros residuos secos y mejorando la condición higiénica en los hogares y en las comunidades.
Que es muy importante la convocatoria abierta a integrar el grupo de conciencia ambiental para comenzara diagramar el Plan de Compostaje.
Que resulta importante visibilizar esta práctica y sus técnicas en las comunidades urbanas, periurbanas y rurales, ya que se contaría con beneficios como: minimización de problemas ambientales relacionados con el transporte y tratamiento de residuos y un menor costo en la gestión de Residuos Sólidos Urbanos(RSU); mayor disponibilidad y recuperación de nutrientes; menor cantidad de residuos depositados en rellenos sanitarios o en basurales; menos vectores de enfermedades y disminución de patógenos en sitio de disposición final; escasos gases de efecto invernadero(GEI), por lo que el impacto ambiental sería altamente positivo, además de
económicamente viable.
…POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de San Pedro en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente ORDENANZA
Artículo 1-Créase en el partido de San Pedro el Programa Municipal de Compostaje Urbano y Periurbano, “COMPOSTÁ TIERRA COMPOSTÁ VIDA”
Artículo 2 —Establézcase ,en el ámbito del partido de San Pedro, la Campaña de concientización y de capacitación a cerca de la importancia de reducir los desechos orgánicos a través de la realización del compost en los hogares particulares, en barrios alejados de la ciudad, en centros e instituciones educativas.
3-Determinese la Capacitación y Concientización del Programa Municipal de Compostaje Urbano y Periurbano,” COMPOSTÁ TIERRA COMPOSTÁ VIDA”, a personas idóneas en el tema del cuidado del medio ambiente.
Artículo 4-Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Servicios Públicos y la Secretaría de Medio Ambiente, a crearse próximamente ésta última Secretaría.
Artículo 5 -El Departamento Ejecutivo Municipal junto con la Dirección de Ambiente que depende de la Secretaría de Gobierno, deberá destinar una partida presupuestaria para la implementación del Programa Municipal COMPOSTA TIERRA COMPOSTA VIDA, asegurando la compra de materiales que sean necesarios para las composteras.
Artículo 6-El Programa será elaborado teniendo en cuenta los siguientes criterios:
-Sectorizar aquellos lugares dónde se realice la compostera : lugar público, Institución Educativa, Barrio.
Duración del Programa.
-Confección de las composteras.
Implementación por etapas.
Artículo 7-Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dese al registro de 1-I.C.D. publíquese en el Boletín Oficial según Art 108°, inciso 18 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Concejales: Vanina Cappelletti
Gerardo Pelletier